En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JESUS ALFREDO MONTILLA ALDANA y CARMEN MARIA MOFFA GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos 9.171.170 Y 10.771.501 respectivamente, por ante la Registradora Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 01 de febrero de 1999, bajo el Nro. 16, folio 24 vto., del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevados durante el año 1.999. Durante la unión matrimonial procrearon una hija de nombre SARAHY RUTH MONTILLA MOFFA, quien es mayor de edad. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los Organismos competentes, remiti.....