D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR apelación ejercida por abogado Jorge Keneddy Hernández Cegarra, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos María Agueda Rondón Gutiérrez, Carmen Felipe Rondón Gutiérrez, María Petra Rondón Gutiérrez, María Olga Rondón Gutiérrez, José Roberto Rondón Gutiérrez, José Gregorio Rondón Gutiérrez, Jorge Luis Rondón Gutiérrez y Normelis del Valle Rondón Coronado, contra la interlocutoria dictada por el A quo en fecha 2 de marzo de 2017.
Se declara PROCEDENTE la solicitud planteada por dicho apoderado en escrito presentado el 8 de agosto de 2016, en punto a que se declare la perención de la instancia en el presente juicio.
En consecuencia, s.....