Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: CHISTOFER GREGORY TOMASSI GONZÁLEZ, Venezolano, No tiene Cédula, Valera, hijo de Mirilla Gonzáles y Justo Tomas, soltero, estudiante de mecánica, Residenciado en final de la calle 14 sector la cienega, casa n 17-70 de color azul al frente de un terereno, en la entrada del callejon dos carpinterias, por la presunta comisión del delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en agravio del Orden Público, por FALLECIMIENTO DEL IMPUTADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 4.....