Se dictó Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082016000153, a través de la cual se declaró la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, y se ORDENÓ remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.