Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA: Primero: Calificar la aprehensión como flagrante del ciudadano Henry José Vásquez Rodríguez, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 13.898.899, por la presunta comisión de los delitos de Robo agravado establecido en el articulo 458 código Penal, porte ilícito de arma de fuego previsto en el artículo 277 del Código Penal y Robo Agravado de Vehículo automotor establecido en el artículo 5 de la Ley sobre el Robo y hurto de Vehículo automotor, concatenado con el artículo 6 ordinales 1, 2,3 y 5 ejusdem, de conformidad a lo previsto en el artículo 248 del código orgánico procesal penal. Segundo: Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad a lo establecido en el artículo 373 ejusdem. Terc.....