Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Convivencia Familiar, suscrito por los ciudadanos MIGUEL ANGEL CASTRO RODRIGUEZ y MARYAN GABRIELA GARCIA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-7.412.329 y V-10.337.464, respectivamente, el cual consiste en lo siguiente:
En virtud que la progenitora viajara para febrero del año 2011, a Suiza, con posibilidad de establecerse en dicho país. Los progenitores ejercerán de manera compartida la Custodia