este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1).- HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso tributario interpuesto , incoado por los ciudadanos Abogados Humberto Romero-Muci, Massimo D. Melone Cenedese y Joaquin Dongoroz Porras, antes identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil SCORPION NEDERLANDSE B.V., (SUCURSAL VENEZUELA), identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-29655245-2 originalmente inscrita ante el Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 18 de septiembre de 2008, bajo el Nº 76, Tomo 1896-A, en contra de la Resolución N°DHM-RES-002-2011, dictada por la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Los Taques del estado Falcón, de fecha 11 de febrero de 2011, notificada el 03 de marzo del mismo año, acto que .....