DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ACUERDA REVISAR Y EN CONSECUENCIA EXTENDER la medida de presentación periódica cada 15 días al Imputado AVILA MENDOZA REINALDO JOSE, titular de la cédula de identidad Nº 19.431.441, a presentación cada 30 días, de conformidad con lo previsto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el articulo 256, numeral 3 ejusdem, es decir, presentación periódica cada treinta (30) días por ante la Taquilla de Presentación de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes, imputado, víctima.- Regístrese. Publíquese y Cúmplase.