DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana KARELIS PAOLA PACHECO GRATEROL, en representación de su hijo ALFONSO JOSÉ MEJÍA PACHECO, contra el padre del mismo, ciudadano: JUAN CARLOS MEJÍA MÁRQUEZ.- En consecuencia: PRIMERO: Se fija la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00) mensuales, así como el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos); e igualmente el 50% en lo referente a uniformes, útiles escolares, vestuario, calzado, asistencia médica, medicinas y otros gastos que se puedan presentar, la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que a su h.....