Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Yessenia Herrera Agüero, Defensora Pública Décima Tercera (13°), actuando con el carácter de Defensora del ciudadano WILLY PASTOR MENDOZA GARCIA; contra la decisión dictada en fecha 10 de Mayo de 2016 y fundamentada en fecha 23 de Mayo de 2016, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nro. 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó la Medida Preventiva Judicial de Libertad conforme al artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Pena al ciudadano WILLY PASTOR MENDOZA GARCIA, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sanciona.....