Este Juzgado Primero de Primera instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara únicos y universales herederos del causante Daniel José Rodríguez Páez: A la ciudadana Juana Francisca Álvarez Camargo, a su hijo el adolescente (Identidad Omitida en concordancia art. 65 L.O.P.N.N.A) y a los ciudadanos Javier José Rodriguez Pérez, Daniel Antonio Rodriguez Pérez, Carolina Del Carmen Rodriguez Álvarez, José Daniel Rodriguez Álvarez, Richard Alberto Rodriguez Álvarez, Álvaro Daniel Rodriguez Álvarez, Luís Leonardo Rodriguez Álvarez y Liliana Josefina Rodriguez Álvarez, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.