Por todos los razonamientos jurídicos y fácticos, este Juzgado Primero en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; RESUELVE: 1.- DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO DURANTE EL LAPSO DE UN (01) AÑO, en cuanto al ciudadano MELQUIADES COROMOTO VILLEGAS MENDOZA, identificado ut supra, por la presunta comisión del delito ACTIVIDADES EN ÀREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el art.58 de la Ley Penal del Ambiente., en perjuicio del MEDIO AMBIENTE. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal. -
2.- IMPONE LAS OBLIGACIONES contenidas en el art. 44 en su numeral 1 y primer aparte eiusdem, en virtud de lo cual, deberá Residir en el lugar aportado como su domicilio en la audiencia preliminar; y deberá asistir cada dos meses a Charlas en el .....