Por lo expuesto, El Tribunal de Control N°03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY Admite la acusación presentada en contra del ciudadano JEFERSON BENITO VILORIA MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.222.252, por la comisión del delito de por los delitos Porte Ilícito de Arma Blanca, delito previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal en perjuicio del Orden Publico y Amenaza y Violencia Física delitos estos previstos y sancionados en los articulo 16 y 17 de la Ley Contra la Violencia contra la Mujer y la Familia en perjuicio de Betty Josefina Mejia Montilla, se admiten los siguientes medios de prueba, 1. Experto Briceño Carlos quien declarara sobre experticia de reconocimiento técnico 9700-069-020, necesaria para demostrar la existencia del arma blanca tipo cuchillo y sus características, 2. Experto Verónica Fernández quien de clara sobre informen psicológico practi.....