En base a las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la cuestión previa de falta de Jurisdicción de este Órgano Jurisdiccional, frente a la Administración y en consecuencia reafirma su JURISDICCIÓN, para seguir conociendo y decidir la presente causa de nulidad de deslinde interpuesta por los ciudadanos José Felipe Márquez Saavedra, Hilvia Márquez De Benítez, Amelia Márquez Saavedra, Amparo Márquez De Godoy, Rodolfo Márquez Saavedra, Rosario Márquez De Mejias, Hugo Márquez Saavedra, José Felipe Márquez Peña, Carlos Eduardo Márquez Cols, Irene Cáceres De Muresano, contra UNIMIN DE VENEZUELA, Sociedad en Comandita Simple inscrita en el Registro Mercantil 5º de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de marzo del 2.000, bajo el No. 26, Tomo 17-A .....