Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano YUSBEL JUVENAL CHACÓN ROSAS, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, nacido el 18/08/81 en Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad N° 18.278.319, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Judith Josefina Coromoto de Chacón y Simón José Chacón, residenciado en calle 42 con carrera 25 casa Nº C-25, Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 8° del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 82 ejusdem, por hecho cometido en perjuicio de la empresa FA.....