este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena revocar por contrario imperio el auto de fecha 02/07/2009, mediante el cual se convocó a la audiencia de juicio para el día 10/08/2009 a las 9:30 a.m.; dejando expresamente establecido que la nueva oportunidad para que tenga lugar la misma, de ser necesaria, se fijará por auto separado, una vez que concluya la Mesa de Negociación Institucional convocada a los fines de lograr un acuerdo.... Asimismo, se ORDENA la suspensión de la presente causa, acordada por las partes en los términos expuestos, la cual correrá desde la presente fecha exclusive hasta que se produzca la decisión de la mesa de conciliación; ello de conformidad con lo dispuesto en la norma supletoria del artículo 202 ejusdem. Notifíquese mediante oficio de la presente decisión a la Síndico Procuradora Municipal del Municipio .....