DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Revoca la medidas de Presentación y la prohibición de acercarse a la victimas contenidas en los literales c y f del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. En consecuencia Acuerda imponer al adolescente DATOS OMITIDOS, la medida de PRIVACION DE LIBERTAD hasta la realización del juicio oral de conformidad con el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el articulo 262 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual deberá cumplir en la Casa de Formación del Estado Cojedes, así como también se acuerda Oficiar a la Juez de Ejecución en la c.....