Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se pronunció en los siguientes términos:PRIMERO: En relación con la acusación presentada por Ministerio Público; por los hechos señalados y que se detallan en el escrito acusatorio, contra el ciudadano José Rafael Meléndez Pulido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.188.349, este Tribunal ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION; por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITEN por ser lícitas, necesarias y pertinentes y a los fines del juicio Oral y Público, las pruebas que constan en el presente asunto y fueron ofrecidas por el Ministerio Público,PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano José Rafael Meléndez Pulido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.188.349, por la comisión del delito de Homicidio Culposo Vial Agravado, previsto y sancionado en el último aparte del artículo .....