Se aumenta a la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA BOLÍVARES (Bs. 270, oo) mensuales, que actualmente equivale a un 33.79% del salario mínimo, más el doble de esta cantidad, es decir, QUINIENTOS CUARENTA BOLÍVARES, (Bs. 540, oo), en los mes de septiembre y diciembre para gastos escolares y como aguinaldos, como obligación de manutención que a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), debe pasarle su padre BENITO ANTONIO CABRERA TORRES, antes identificado, desde este mes y año y en la forma establecida en la decisión anterior cuyas medidas se ratifican tomando en consideración el aumento acordado.