en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la Demanda De Reconocimiento De Instrumento Privado incoada por el ciudadano: JUAN DIEGO YAJURE VASQUEZ, en contra de los ciudadanos: ALFONSO JOSÉ VALERA PEREIRA, FREDDY ENRIQUE VALERA PEREIRA, SANDRA ELENA VALERA PEREIRA, MARÍA DEL ROSARIO ALTAGRACIA VALERA PEREIRA, CARLOS EMILIO RAMOS, JUAN CARLOS MENDOZA VALERA Y MALAGA DEL VALLE MENDOZA VALERA , (ampliamente identificados en el fallo). En consecuencia, se declara reconocido el presente documento