declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por el Abs. JOSE LUIS MOLINA GIL, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Comisionado para encargarse de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico del estado Trujillo, en la causa penal Nº TP01-P-2014-013998, donde aparece como acusado el ciudadano MIGUEL EDUARDO OQUENDO LOPEZ, recurso éste ejercido en contra la Decisión de fecha 07 de Julio de 2015, por el Tribunal de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que "...ACUERDA CAMBIAR EL LUGAR DE RECLUSION AL ACUSADO: MIGUEL EDUARDO OQUENDO LOPEZ, conforme al artículo 250 del código orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 242.1 eiusdem, por el delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el articulo 16 de la ley contra el secuestro y extorsión, a los fines de garantizar las resultas del proceso y la asistencia medica para el acusado. Se declara con lugar lo solicitado por la defensa...". SEGUNDO: Se Confirma la decisión rec.....