Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble: parcela de terreno ubicada en la Avenida Paseo Los Leones con Avenida Caracas, Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, identificada con el código catastral nro 13-03-05-U01-301-0034-015-000, con una superficie aproximada de TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (3.371 M2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: En línea de Treinta metros con Diecisiete centímetros (30,17 mts) con terrenos que son o fueron de Fundalara desde el punto 13 al punto 14; ESTE: En línea curva de Setenta y Nueve metros con Sesenta y Cinco centímetros (79,65 mts) con prolongación de la Avenida Caracas desde el punto 14 al punto 11; SUR: EN LINEA DE Cincuenta y Cinco metros con Ochenta y Tres centímetro.....