Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Confirma la resolución judicial proferida el 14 de diciembre de 2016 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la solicitud de la citación por carteles del ciudadano Arnaldo Pardo, en el juicio de NULIDAD DE ASAMBLEA incoado por el ciudadano Sergio Troyano Lanuza, actuando en su propio nombre y en defensa de sus propios derechos, en contra la Junta de Condominio Centro Uslar;
SEGUNDO: Se declara sin lugar la apelación interpuesta por la parte actora.