Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte Querellada contra la decisión de fecha 17 de enero de 2013, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, actuando en Sede Constitucional.
SEGUNDO: Se ANULAN todas las actuaciones realizadas en el presente asunto, luego del 14/11/2012, lo cual incluye tanto las decisiones de fecha 17 y 24 de enero de 2013, así como las actuaciones del Juez de Ejecución.
TERCERO: Se ordena al Tribunal de Juicio, que de manera inmediata a que consten en autos las notificaciones al Ministerio Público, así como a la ciudadana Germania Chacón, ya identificada, fije para dentro de los cuatro (04) días s.....