Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de le Ley, Vistas las actuaciones y oídas las exposiciones de las partes, en virtud a que el acusado voluntariamente y asistido por su defensor admitió los hechos a que se contrae la acusación fiscal y pidió la imposición de la pena conforme al procedimiento consagrado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, hace las siguientes determinaciones:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación interpuesta y pruebas ofrecidas por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en contra de el ciudadano PABLO ANTONIO COLMENARES ECHARRY venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.18.734.033 soltero, comerciante, y residenciado en el sector Gómez, casa Nª 48-40, Municipio Pampán del Estado Tru.....