DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal declara:
PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano ANUAR GREGORIO JALLER, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad Nº 23.052.044, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, Previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano ANUAR GREGORIO JALLER, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad Nº 23.052.044, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, mas las accesorias de ley, las cuales consisten en la inhabilitación política por el tiempo de la condena, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de l.....