En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se DECLARA INCOMPETENTE, para conocer el presente asunto, en razón de la Cuantía. Se DECLINA la competencia al Tribunal de Primera Instancia en Materia Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la resolución Nº 2023-0001 de fecha 24-05-2023 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y una vez precluya el lapso establecido en el articulo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que se interponga el recurso de Ley Contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa al Tribunal competente.
La Jueza Provisoria
Abg. Yosglide Darmagly Duin León.
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