Por las razones antes expuestas este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena EXPEDIR ORDEN para que el ciudadano WILMER JOSE GODOY ANDRADE, venezolano, natural de Boconó, cédula de identidad N° 12540027, sea APREHENDIDO, por haberse dictado en su contra sentencia definitiva por el Juzgado Superior Segundo en lo Penal de este estado Trujillo, a través de la cual se condenó a cumplir la pena de SEIS AÑOS DE PRISION por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 último aparte del Código penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos.
Líbrense las respectivas comunicaciones a los Cuerpos Policiales.