DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN Y LAS PRUEBAS, en contra del ciudadano CARLOS JAVIER LAMEDA, titular de la Cedula de identidad Nº 12.690.243, presentada por la Fiscalía del Ministerio Público por el delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal vigente. SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: CARLOS JAVIER LAMEDA, titular de la Cedula de identidad Nº 12.690.243, por el por el lapso de UN (01) AÑO, conforme al artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal Reformado y se le impone las condiciones establecidas en el artículo 44, 1.- No consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, ni abusar de bebidas alcohólicas; 4.- Acudir a charlas en la unidad de alcohólicos anónimos las veces que s.....