Se levanto acta de Audiencia Especial solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte Actora, la ciudadana MARIELA COROMOTO GRATEROL GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.134.266, y su Apoderada Judicial Abogada JUDITH AZUAJE, antes identificada y por la demandada comparece ASOCIACIÓN COOPERATIVA CENTRAL NAGAR 323, por intermedio de su Apoderado Judicial, Abogado LORENZO DE JESUS HIDALGO, antes identificado, las partes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 30.000,00 y la parte actora acepta y conviene, el Tribunal Homologa el acuerdo de las partes.