D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PÉRDIDA DE INTERES PROCESAL Y CONSUMADA LA PERENCIÓN, la recusación presentada por el abogado Martin José Parra Valecillos, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 267.109, contra el abogado José Miguel Arayán Chacón, Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en el expediente número 29697, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 82 ordinales 4, 15, 18 y 19 del Código de Procedimiento Civil, contentivo del juicio que por Reivindicación que sigue Rubén Darío Justo actuando en representación de la empresa Ferretería y Materiales Darío C.A contra los ciudadanos Yvi.....