PRIMER PUNTO PREVIO: IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de caducidad prevista en el artículo 179 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, alegada por la abogada MARÍA SERRANO en representación del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, por existir COSA JUZGADA opuesta en fecha 26 de mayo de 2017.
SEGUNDO PUNTO PREVIO: DESISTIDO el Recurso de Nulidad presentado en fecha 10 de octubre de 2012, por la abogada Rosario Linares Salcedo actuando en representación del ciudadano JUAN FRANCISCO DE JESUS CLERICO AVENDAÑO, identificados en autos.
TERCERO. NO SE CONDENA en costas dada la naturaleza de la decisión.
CUARTO: NOTIFÍQUESE del presente fallo al recurrente, ciudadano JUAN FRANCISCO DE JESUS CLERICO AVENDAÑO, la Procuraduría General de la República y a la representación del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS , transcurridos los lapsos, las partes podrán ejercer el recurso de apelación, una vez que conste en actas las resultas de la última notificación ordenada y consumidos los seis (06) d.....