Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara el cumplimiento total de la pena impuesta al penado LUIS DEL ROSARIO ESCOBAR LASTRA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 5.787.026, soltero, de 46 años de edad, nacido en fecha 30-04-60, comerciante, hijo de Yudith Alicia de Escobar (+) y de Ricardo Escobar, residenciado en la calle San Francisco N° 166, Monay Parroquia la Paz, Municipio Pampam, a una cuadra de la Escuela Josefina Pimentel Estado Trujillo, y en consecuencia la Extinción de la Responsabilidad Criminal, en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, por EXTINCIÓN DE LA.....