DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el ABG. Abg. José Torres Herrera, en su condición de Defensor Privado, del imputado Frank Reinaldo Guedez Domínguez, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Lara, en fecha 17 de Marzo de 2014, mediante la cual CONDENA al Ciudadano FRANK REINALDO GUEDEZ DOMINGUEZ, a cumplir la pena de 22 AÑOS DE PRISION DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con la disposición contenida en el articulo 88 del Código penal y las agravantes genéricas .....