Dispositiva
Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos a lo largo de la presente decisión este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Seccional de Adolescentes, en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: LA CESACIÓN DE LA SANCIÓN, conforme al artículo 647.h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que cumplía el joven sancionado, Cédula de Identidad N° 17. 830. 831 , edad 20 años, hijo de Maria Auxiliadora González y domiciliado en; Caserío Villa del Rosario Sector Los Ranchos detrás del Hotel Guadalupe S/N Via La Puerta Valera Estado Trujillo por el delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Freddy Lisandro Sandrea, Deyanira Virginia Sandrea Caseres, Freddy Leonard Sandrea Caseres Desidere Margarita Sandrea .....