Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano ANTONIO NATIVIDAD PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.131.299, asistido por la abogada JULOUANA SOTO, inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nº 116.367, en consecuencia se ordena tanto al Registro Civil de la Parroquia Tucacas del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón como al Registro Principal del Estado Falcón, estampar la nota marginal en el acta de matrimonio Nº 6, folio 7 al 8, del año 1.949, del libro de matrimonios llevado por la para entonces Jefatura Civil del Distrito Silva del Estado Falcón. Líbrese los oficios correspondientes
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Crespo del Estado Lara, en Duaca, a los veintiséis (26) dí.....