En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR LA SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN, PRESENTADA POR LA FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra de los ciudadanos: (1) JOSE GREGORIO OLIVERA MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.784.717, de 26 años de edad, con fecha de nacimiento 28-02-1984, residenciado en el Barrio La Nueva Paz, calle 5 entre carreras 4 y 5, casa Nº 108, Barquisimeto, Estado Lara; (2) JOSE ALFREDO CASTILLO GARCIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.306.807, de 26 años de edad, con fecha de nacimiento 01-12-1983, residenciado en el Sector el Prado del Norte, calle 4 con carrera 3, Barquisimeto, Estado Lara Y (3) EVARISTO ANTONIO CASTILLO GARCIA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.387.956, de 47 años de edad, con fecha de nacimiento 21-02-1964,.....