DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima presentes los supuestos del Art. 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención de los Ciudadanos: 1.- Quien dijo llamarse MARIA ALEJANDRA CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.941.058, 2.- Quien dijo llamarse GREGORIO RAMÓN RAGAS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, NO POSEE CÉDULA y 3. Quien dijo llamarse ROBER ALEXANDER ALVAREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.461.142 por el delito de POSESIÓN ÍLICITA DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para Desarme y Control de Municiones y USO DE ADOLESCENTE previsto y.....