Estando dentro del lapso establecido en la Ley Orgànica de la Jurisdicciòn Contencioso administrativa para el pronunciamiento sobre el Recurso de nulidad presentado, este Tribunal ordena la subsanaciòn e igualmente separa a la Apoderada Judicial Abogada JENNY PIRELA del conocimiento de la presente causa, en virtud de haberse declarado Con Lugar la Inhibicion planteada en otros procesos con la suscrita Jueza.