Es por las razones antes expuestas que este TRIBUNAL DE JUICIO N° 1 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Con lugar la solicitud de acumulación de las causas mencionadas. En consecuencia se acumula la presente causa No. TP01-D-2008-419 a la causa No. TP01-D-2008-56, fijándose el plazo común de cinco (05) días, para que una vez acumuladas las causas y notificada la ùltima de las partes, procedan a examinar las actuaciones y evidencias recogidas en la investigación, concluido el mismo se fijará audiencia preliminar. Líbrense las boletas de notificación. Déjese constancia de la presente Resolución.
El Juez
Abog. Jesús Amado Rivero Álvarez.
La Secretaria
Abgda Yrliana David Carmona
TP01-D-2008-000056