DECLARA SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abg. JONNATHAN BRICEÑO actuando con el carácter de Defensor Privado de los ciudadanos DOUGLAS EDUARDO GUERRA ORELLANA, WILMAR KATRINA BRICEÑO MARQUEZ y ROSALBA CAROLINA PEREZ MEJIA, en la causa penal Nº TP01-P-2015-017998, recurso éste ejercido en contra del Auto de fecha 13 de junio de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, que declara: "...EN PRIMER LUGAR, califica como flagrante la aprehensión de que fueron objeto los ciudadanos DOUGLAS EDUARDO GUERRA ORELLANA y ROSALBA CAROLINA OEREZ MEJIAS, por la presunta comisión COAUTOES del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 357 EL ULTIMO APARTE y 80 del código penal y la aprehensión de la ciudadana WILLMAR KATRINNA BRICEÑO MARQUEZ, por la presunta comisión COAUTORES del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO EN GR.....