Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la decisión de fecha 03 de julio de 2006, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Trujillo, en virtud de la incomparecencia de la parte demandante, declarando el desistimiento del procedimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el juicio seguido por el ciudadano Wuilfredo Gutierrez Araujo contra la empresa Serenos Nacionales Zulia, C.A.
Se confirma la decisión apelada. Se condena en costas a la parte actora salvo que gozara de la exención establecida en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del.....