DISPOSITIVA:
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con el Art. 48 ordinal 7, 318 ordinal 3 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el Sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano Ojeda Peña Elías Isaac, nacido en fecha 14-11-1983, edad 24 años, Titular de la Cédula de Identidad N° 25.303.571, natural de Caracas, Distrito Capital, de ocupación Obrero, trabajaba en la parte de la Agricultura donde los Maldonado, pero actualmente no trabaja, de estado civil soltero, hijo de Juan Francisco Ojeda y María Imelda Peña, residenciado en el sector Altamira de Cau, casa N° 30, cerca de Bombita como a cien metro, por la comisión de los delito de Lesiones Personales menos graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en agravio de José Gregorio Sánchez y en consecuencia el cese de cualquier medida cautelar que pesa en con.....