Por las razones expuestas y sobre la base de las disposiciones legales citadas en el texto de la presente decisión, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta conforme a la facultades establecidas en el artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al adolescente , venezolano, de años de edad, soltero, nacido el 28-05-1997, titular de la cédula de identidad N° 20.414.263, hijo de y , residenciado en el sector Lomas del Guamo, casa sin número Boconó Estado Trujillo, por el delito de Hurto Calificado, previsto en el artículo 453.4 del Código Penal en perjuicio del ciudadano , de conformidad con el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del adolescente en concordancia con el articulo 318 numeral 3° y 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, al estar extinguida la acción por prescripción. Notifíquese a las pa.....