DECISIÓN
Con sustento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal de Primera Instan-cia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justi-cia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE LUGAR la solicitud planteada por la abogada LUZ MARÍA MORA B., Defensora Pública Penal Nº 6 de esta Circunscripción Judicial, defensora técnica de los imputados CARLOS MIGUEL MATOS GONZÁLEZ y BENITO DEL CARMEN ROSARIO, ambos ampliamente identificados en autos, y en consecuencia:
PRIMERO: MANTIENE la medida de privación judicial preventiva de libertad sobre el imputado CARLOS MIGUEL MATOS GONZÁLEZ, por no haber perdido su vigencia y proporcionalidad como la más adecuada para asegurar las finalidades del proceso.
SEGUNDO: AMPLÍA EL LAPSO DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS que se impuso sobre el imputado BENITO DEL CARMEN ROSARIO como medida cautelar, a cada treinta (30) días.
Publíquese, regístrese y .....