Conforme consta al folio 366 del presente expediente, el Juez inhibido en su exposición señala: "Me inhibo de conocer la presente causa, por cuanto me encuentro incurso en Los ordinales 9 y 13 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de que como Procurador Agrario del Estado Trujillo, fui notificado el veintisiete (27) de Febrero de mil novecientos noventa y siete (1997), de la presente demanda tal como consta al folio 17 de actas y a través de diligencia de fecha diez (10) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), me excuse de conocer la causa, por tener lazos de estrecha amistad con las partes, tal como costa en el folio 29 y su vuelto de actas, por lo que así mismo mediante la presente ratifico en todas y cada una de sus partes lo expuesto en esa fecha, los elementos que me llevaron a no intervenir en la presente causa. Es todo lo que tengo que exponer, y en caso de allanamiento, preinsisto en la inhibitoria".
En base a las consideraciones expuestas, e.....