DISPOSITIVA
Por las anteriores razones de hecho y fundamentos de derecho, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite PARCIALMENTE el escrito acusatorio presentado contra el ciudadano: YOVANY ALEXANDER PEÑA ARRAIZ, venezolano, natural de Trujillo, fecha de nacimiento 04-08-1985, de 22 años de edad, hijo de Rafael Valecillos y Marisela Arraíz, Estado Civil Soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 19148748 (no porta), de Ocupación obrero, trabaja en la Carpintería de Monay del Sr. Francisco Araujo, con 1er año de instrucción, domiciliado en el sector El Tablón, avenida principal, casa sin número de color azul con blanco, frente de la Plaza Bolívar, Monay, Estado Trujillo, por la comisión del delito de DISTRIBUCION MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancion.....