Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda declarar como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: AURA ROSA FERNÁNDEZ DE GARCÍA, a los ciudadanos: MANUEL HUMBERTO GARCÍA GARCÍA, MANUEL HUMBERTO GARCÍA FERNÁNDEZ y MARÍA ANDREÍNA GARCÍA FERNÁNDEZ, como su legítimo cónyuge e hijos.- Quedando en todo caso a salvo derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones al solicitante y déjense copias certificadas para el archivo de este Tribunal.- Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Mediadas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- En Boconó, a los veintinueve (29) días del mes de Julio del 2.014.- Años 204º de la Independe.....