Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Homologa el desistimiento al procedimiento de Restitución de Custodia realizado por la ciudadana Norkys Millangela Queralez Tua, ya identificada contra el ciudadano Emisael Antonio Vásquez Brito, ya identificado por lo que se declara terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el 265 del Código de Procedimiento Civil.