DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Sustituir la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado FRANKLIN GREGORIO DABOIN, titular de la Cédula de Identidad N° 16.267.047, por una menos gravosa de las previstas en el artículo 256, consistentes en: 1.- Presentación ante la Oficina de Presentaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo cada treinta (30) días, 2.- Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas y 3.- Mantener el domicilio que consta en las actas y de cambiar notificar previamente al tribunal, todo ello de conformidad a lo establecido en el sexto párrafo del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante lo anterior al constar en su contra orden de aprehensión en la causa que.....